En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 11 de octubre de 2010, por la ciudadana YELITZA MARGARITA CHRINOS, asistida del abogado NELSON ANTONIO NAVARRO CHRIRINO, en contra de la sentencia dictada del tribunal a quo, de fecha 7 de octubre de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 7 de octubre de 2010.
TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.