En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, de Conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO, de propiedad a favor de la ciudadana: MARÌA LUISA QUINTERO, de una bienhechurias construidas en un Fundo Agropecuario denominado "LAS LARAS" sobre un terreno Municipal con una superficie de TRECE HECTAREAS CON VEINTICUATRO AREAS (13.24 HAS) ubicado en el Sector Curairima, jurisdicción de la Parroquia Cabure del Municipio Petit del Estado Falcón, dentro de los siguiente linderos:
NORTE: Fundo de Alirio Leal y Fundo de Orlando Quintero.
SUR: Vía el Paso – Curairima.
ESTE: Fundo de Ramón Quintero.
OESTE: Fundo de William Quintero.
Dichas bienhechurias están conformadas por sembradíos de árboles frutales y pasto de la variedad guinea y cercado perimetralmente con alambre de púas sobre .....