DISPOSITIVA
En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio tanto para el Régimen Nuevo como para el Régimen Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana LISBETH GREGORIA NOGUERA CASTILLO, cedula de identidad Nº 17.178.452, en contra de la "HOTEL DI LUIGI, C.A" y solidariamente a la Ciudadana GLORIA BIANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 4.103.822, por Cobro de Prestaciones Sociales, y otros beneficios, por las razones que se indican expresamente en la parte motiva de la Sentencia.
SEGUNDO: Se ordena los cálculos de los intereses sobre prestaciones, indexación respectiva y los intereses moratorios de conformidad con lo establecido en la sentencia.
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