Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el archivo de las actuaciones que conforman el presente asunto con fundamento en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia el cese de las medidas cautelares impuestas al Ciudadano Edwar Rafael Ollarves venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.096.552, domiciliado en la Calle Mara entre Libertad y Monzón, Casa S/N Coro, Estado Falcón. y la condición de imputado. Notifiquese
Abog. Gloria Vargas Vargas
Juez Primero de Juicio
Abg: Maria Eugenia Rodriguez
Secretaria de Sala