Este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud de práctica de Inspección Ocular en el sitio del suceso donde resultó muerto el adolescente Antonio Ramón Reyes Tellerías, ubicado en el Sector la Encrucijada, Calle Principal, casa S/N, parte posterior, Municipio Dabajuro del Estado Falcón, conforme a las normas previstas para la realización de Prueba Anticipada, todo de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en los artículos 2, 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 13, 202 y 307 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Para tal fin se ordena oficiar a la Empresa Eleoccidente C.A, en la Persona del Gerente, Administrador o Representante legal a los fines de solicitar sea designada una persona especializada en la materia preferiblemente Ingeniero Eléctrico, con s.....