Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Con lugar la Presunción de Admisión de Hecho en contra la empresa DRAGAS DEL SUR C.A. (DRAGASUR, C.A.).
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano LEOPOLDO GUSTAVO PALAO CHAVARRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.833.095 en contra la empresa DRAGAS DEL SUR C.A. (DRAGASUR, C.A.) por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
TERCERO: Se condena a la empresa DRAGAS DEL SUR C.A. (DRAGASUR, C.A.) a cancelar al ciudadano LEOPOLDO GUSTAVO PALAO CHAVARRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.833.095 la cantidad total de VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON TREINTA Y .....