En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Benimer Valdez Falcón, apoderada judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 31 de mayo de 2017.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 9 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo. En consecuencia, se declara SIN LUGAR la cuestión previa prevista en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; por lo que se ordena la continuación de la causa conforme al artículo 868 ejusdem.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad c.....