Es por lo que este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda modificar la sanción de privación de libertad, reduciéndola hasta el día 01-04-05, de conformidad con el articulo 647 en su literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente. En consecuencia libérese la respectiva boletad de libertad, Notifíquese a las partes y una vez quede definitivamente firme la decisión ordénese su desincorporacion.
El juez de Ejecución
Abg. Gregorio Carrasquero
La secretaria
Abg. Clarisbel Barientos
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La secretaria
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