Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida contra el adolescente (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), venezolano, soltero, quien para el momento de los hechos contaba con 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), residenciado en (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA FE PUBLICA, específicamente FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto en el artículo 320 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 561, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente,.....