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Decisiones del dia 01/06/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : IL11-P-2002-000010 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/06/2005
Procedimiento:
Redimida La Pena
Partes:
PENADO ENDY RAMON CALDERA LOIS
Resumen:
De tal manera que como consecuencia de todo lo antes razonado y debidamente motivado, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, declara Con lugar la redención de pena solicitada por el penado ENDY RAMON CALDERA LOIS , avalado por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de LA Cárcel Nacional de Sabaneta , y en consecuencia declara REDIMIDA LA PENA por trabajos realizados por éste en el interior del Centro de Reclusión que lo alberga, en 6 meses y 14 días de pena, tiempo éste de redención que deberá descontarse del tiempo de pena que le queda por cumplir, y así se decide. Cúmplase, notifíquese a las partes y realícese el referido cómputo por auto separado. EL JUEZ DE EJECUCIÓN ABG. NAGGY RICHANI SELMAN LA SECRETARIA ABG. IRENE TREMONT
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IL11-P-2002-000010 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/06/2005
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO ENDY RAMON CALDERA
Resumen:
En tal sentido, de la sumatoria de la redención de pena realizada al penado en cuestión, con la pena que éste efectivamente ha cumplido en reclusión (detenido) deviene que éste tiene un total de pena cumplida de 3 años 10 meses y 9 días, los cuales, tomando en cuenta la pena de 5 años y 10 meses de presidio que le fuere impuesta, tenemos que al penado de marras le faltaría por cumplir una pena de 1 año 11 meses y 21 días, los cuales se cumplen específicamente en fecha 22 de Mayo del año 2007, y así se decide. A su vez, optaría por las diferentes formulas de prelibertad de la siguiente manera; - Por el beneficio de Destacamento de Trabajo, una vez cumplidos una cuarta parte de la pena impuesta de conformidad con lo preceptuado en el articulo 501 del Copp (ya cumplidos), por lo que opta desde ya por tal beneficio, y así se decide. - Por el beneficio de Destino a Régimen Abierto previsto en el articulo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario una vez cumplidos una tercera parte d.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IP11-P-2003-000113 N° Sentencia : S-N. Fecha: 01/06/2005
Procedimiento:
Auto Solicitando Recaudos
Partes:
PENADO EDIXSON ANTONIO NARANJO RAMÍREZ
Resumen:
Es por lo que este Tribunal único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo ORDENA la realización del respectivo Informe Psico-Social al referido penado por parte de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario que funciona en el Internado Judicial del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, como candidato optante para el otorgamiento del Beneficio de Destacamento de Trabajo así como solicitarle a la División de Antecedentes Penales Adscrita al Ministerio de Interior y Justicia que remita a la brevedad posible a este Despacho Judicial la certificación de Antecedentes Penales que pudiera presentar el penado de marras, todo ello a los fines de proveer sobre la concesión o no del Beneficio de Destacamento de Trabajo de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Es todo. Cúmplase.- El Juez La Secretaria Abog. Naggy Richani Abg. Yrene Tremont
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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