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Decisiones del dia 01/06/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : IP01-P-2008-003301 N° Sentencia : S-N Fecha: 01/06/2010
Procedimiento:
Redimida La Pena
Partes:
JULIO ALONSO JAIME RIVERO
Resumen:
este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA REDIMIDA LA PENA por el Trabajo y estudio, al penado JULIO ALONSO JAIME RIVERO, arriba bien identificado, y actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de esta ciudad, en CUATRO (04) MESES QUINCE (15) DÍAS; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena y los artículo 508 y 509 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. A tal efecto se ordena efectuar nuevo Cómputo de Conformidad con el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Certifíquese copia del presente auto y con oficio remítase, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y a la Dirección de al Comunidad Penitenciaria del Estado Falcón
Juez/Ponente:
Zennly Urdaneta
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IP01-P-2008-003301 N° Sentencia : S-N Fecha: 01/06/2010
Procedimiento:
Nuevo Computo De Pena
Partes:
JULIO ALONSO JAIME RIVERO
Resumen:
este Tribunal observa que el referido Penado, tomando en cuenta el computo realizado a la penada JULIO ALONSO JAIME RIVERO, fue detenido por primera y única vez el día 05 de Diciembre de 2008, permaneciendo en tal condición hasta la presente, es decir, que tienen un tiempo de detención igual a: UN (01) AÑO SEIS (06) VEINTISÉIS (26) DÍAS, y por cuanto le fue redimida la pena por el Trabajo realizado durante su reclusión en el Internado Judicial de esta ciudad, en esta misma en CUATRO (4) MESES QUINCE (15) DÍAS , lo que sumado da un tiempo total de pena cumplida de UN(01) ONCE (11) MESES ONCE (11) DÍAS, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS NUEVE (09) MESES DIECINUEVE (19) DÍAS, y en fecha 20 de Abril del 2014, dará cumplimiento a la totalidad de la pena impuesta. A tal efecto se observa que el referido penado puede optar por las medidas alternativas de cumplimiento de pena de la siguiente manera: TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO): a par.....
Juez/Ponente:
Zennly Urdaneta
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

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