En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NEYLA ALVAREZ SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.130, actuando con el carácter de apoderada judicial del co-demandado ciudadano LEONEL ENZO MIRANDA, mediante diligencia de fecha 9 de marzo de 2011
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 28 de febrero de 2011, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante el cual negó la medida preventiva de embargo.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.