En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana KARINA MASSIEL MARQUEZ HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.802.162, asistida por el abogado Isaac Elías Pérez Garvett, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.507, en contra del ciudadano OMAR JOSÉ MATHEUS CÓRDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.700.201, en beneficio de sus hijos, la ciudadana GRACE CAROLINA MATHEUS MARQUEZ, y los adolescentes XXXXX; por lo que se fija una Obligación de Manutención para el demandado, ciudadano .....