En consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO Sin lugar apelación interpuesta por el abogado Julio Ortiz Mora, obrando en su propio nombre, contra el auto dictado el día 08 de marzo de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, con motivo de la ejecución del juicio que por Estimación e Intimación de honorarios intentara el apelante contra Fundación para el Desarrollo de la Comunidad y Fomento Municipal (FUNDACOMUN), y que declarará con lugar este Tribunal, según sentencia de fecha 04 de noviembre de 2002, sentencia que se confirma.
SEGUNDO: Se condena en costas al apelante