Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, estado Falcón., DECLARA CON LUGAR la solicitud impetrada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público Abg. Argenis Omar Martínez Ramírez y en consecuencia se ACUERDA: se revoca las medidas cautelares y se ordena librar Orden de Aprehensión en contra de la ciudadana YERALDIN CARDENAS DIAZ, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4° en relación al artículo 83 ambos del Código Penal.