ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por falta del Pago definitivo proveniente de la ejecución de un Contrato de Obra, consistente en la demolición y posterior construcción de un inmueble Casa ubicado en la ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, en la Calle Borregales, entre Progreso y Tennis, incoada por el ciudadano Jesús Antonio Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad número 2.788.688, debidamente asistido por el Abogado Juan Páez, inpreAbogado número 75.957., en contra de la ciudadana Maria Guadalupe Rivero Curiel, titular de la cédula de identidad número 9.503.137, asistida por el Abogado Luís José Reyes, inpreAbogado número 41.357.
SEGUNDO: De conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, s.....