este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, previa solicitud interpuesta por la ciudadana CARMARIS ROMERO, Defensor (a) Público (a) adscrito (a) a la Unidad Regional de la Defensa Público del Esta Falcón, procediendo en mi carácter de defensora del ciudadano WILSON SANGRONNY. Actualmente recluido en la Sala de Retención Policial de Coro, plenamente identificado en el asunto N° IP01-P-2015-003053, conforme al artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la imposición de una medida menos gravosa, constatando este Tribunal de Control que hasta la presente fecha, no han variado las circunstancias bajo las cuales esta Instancia Judicial impuso la .....