Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de
Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en
Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO:
Admitidas las pruebas promovidas por los abogados ROSSYBEL CORDOVA Y
JAVIER ORTEGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos., 115.115 y 238.080
respectivamente, actuando en condición de Apoderados Judiciales del demandante
de autos ciudadano: REINALDO JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad,
identificado con la cedula de identidad Nº 9.926.257; SEGUNDO: Admitidas las
pruebas promovidas por el ciudadano Abogados SINDIGO PROCURADOR
Abogado JOSE DAVID PERNALENTE JIMENEZ inscrito en el Inpreabogado bajo
los Nos 142.057., actuando en condición de Apoderado Judicial y represtación de
la: ""ALCALDIA BOLIVARIANA DE MUNICIPIO MIRANDA""
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.