Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Solicitud de RECTIFICACIÒN DE ACTA DE NACIMIENTO, incoada por la ciudadana MARGIE DAMELIS SILVA YORIS, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la Calle guanarito con Calle Charaima Nro. 6, Puerta Maraven, Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón, de Transito de esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, titular de la cédula de identidad N° V-7.496.079, correo electrónico medasiyo@gmail.com, número de teléfono 0414-6825165, hábil en derecho, asistida por la abogada en ejercicio Vicmari Carolina Quiva Sivira, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 231.811 y de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artíc.....