En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones ejercidas por el ciudadano JUAN FRANCISCO MARTÍNEZ ARENAS, asistido por el abogado Luís Alfonso Marcano Gómez, mediante escritos de fechas 7 y 14 de marzo de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el acta levantada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción del estado Falcón, en fecha 29 de febrero de 2016; e igualmente se CONFIRMA el auto de fecha 7 de marzo de 2016, contenidos en el juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana JOSEFINA OTERO DE MARTÍNEZ contra el ciudadano JUAN FRANCISCO MARTÍNEZ ARENAS.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de .....