Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: JOSE GUSTAVO BEDOYA ARISMENDY y MARTHA CECILIA BUITRAGO QUINTANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.582.713 y V-24.582.715, respectivamente, asistidos por la abogada AIDA ODUBER DE GARCIA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 154.343, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, en fecha veinticuatro (24) de Noviembre de 2001, por ante la Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Falcón, según se evidencia de copia certificada de acta de matrimonio Nº 76, que rielan a los folios 03 y 04, del presente expediente.
Asimismo, este Tribunal HOMOLOGA la trans.....