Por los fundamentos ut supra expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional presentada por los ciudadanos WILMER GREGORIO ZARRAGA, JOSE GREGORIO GONZALEZ DURAN y GABRIEL A. DIAZ ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.516.619, V- 9.502.200 y V- 15.310.721, debidamente asistidos por el ciudadano Abg. EDWIN ALBERTO ESCOBAR TOYO, inscrito en el IPSA, bajo el 172.369, en contra del ciudadano FRANKLIN J. PALENCIA N., venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V- 10.701.328, domiciliado en la Calle Cuatro de La Urbanización Cruz Verde, al frente de la Calle 5, en la sede de la Línea de Transporte Los Cinco y Asociados, de esta ciudad de Santa Ana.....