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Decisiones del dia 01/11/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : IL11-P-2000-000005 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO HECTOR COLINA
Resumen:
En tanto, habida cuenta que de la sumatoria de la pena física cumplida mas la pena efectivamente redimida se reitera que éste, tiene un total de pena cumplida de 7 años 9 meses y 19 días hasta hoy, resulta que éstos, descontados de la pena de 11 años 6 meses y 5 días de presidio que le fuere impuesta, tenemos que al penado de marras le faltaría por cumplir una pena de 3años 8 meses y 16 días de pena de presidio, los cuales se cumplen específicamente en fecha 17 de Julio del año 2009, y así se decide. A su vez, optaría por las diferentes formulas de prelibertad de la siguiente manera; - Por el beneficio de Destacamento de Trabajo, una vez cumplidos una cuarta parte de la pena impuesta de conformidad con lo preceptuado en el articulo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario (ya cumplidos), por lo que opta desde ya por tal beneficio, y así se decide. - Por el beneficio de Destino a Régimen Abierto previsto en el articulo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario del Copp, una vez cumplida u.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IL11-P-2000-000005 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
PENADO HECTOR JOSE COLINA
Resumen:
Por ultimo, cursa en actas que conforman el presente asunto, acta de fecha 15 de Septiembre del año en curso, suscrita por todos los miembros de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa que funciona en ese Centro de reclusión, por medio de la cual se avala el trabajo realizado y el estudio cursado por el penado en cuestión en los periodos antes aludidos, a tenor todo ello de lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo. Admitida dicha solicitud, tenemos que tal tiempo de trabajo y estudio efectivamente realizado que avala éste Tribunal, excluyendo el periodo de 10 meses del 6to grado postulado por encontrarse éste ya redimido, es de 6 meses y 2 días por trabajo, y 6 meses por estudios cursados del 7mo, 8vo, 9no y 10mo grado, tal y como lo exige el articulo 14 de la Ley de Redención Judicial de la pena por estudio y trabajo. En tal sentido, la sumatoria del total del periodo susceptibles de redención es de 1 año 2 días, lo c.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IL11-P-2000-000005 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
PENADO IDELFONSO DE LA HOZ
Resumen:
Admitida dicha solicitud, tenemos entonces que tal tiempo de trabajo y estudio efectivamente realizado que avala éste Tribunal, excluyendo el periodo de 7 meses que comprenden el 6to, 7mo y 8vo grado postulado encontrarse éste ya redimido, es de 1 meses y 26 días por trabajo, y 3 meses por estudios cursados del 9no y 10mo grado, tal y como lo exige el articulo 14 de la Ley de Redención Judicial de la pena por estudio y trabajo. En tal sentido, la sumatoria del total del periodo susceptibles de redención es de 4 año meses y 26 días, lo cuales a razón de 1 dìa de pena por cada 2 de trabajo o estudios realizados nos da un total de 2 meses y 13 de redención efectiva de pena a favor del penado, que deberán ser descontados de la pena de 11 años 6 meses y 5 días de presidio, a tenor todo ello de lo establecido en el artículo 3 de la ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, y así se decide. De tal manera que como consecuencia de todo lo antes razonado y debidamente mo.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : IL11-P-2000-000005 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Libertad Condicional
Partes:
PENADO HECTOR JOSE COLINA.-
Resumen:
En tal sentido, para hacer efectivo los efectos del beneficio aquí concedido el penado se le impondrá de forma personal del contenido del presente auto, en audiencia oral y pública a realizarse con todas las partes interesadas, en fecha 3 de Noviembre del Año 2005 a las 9 AM, en la sede del Internado Judicial de Coro en labores de guardia penitenciaria de éste Tribunal, en la cual se le impondrá al penado las condiciones de obligatorio cumplimiento, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 496 del Copp derogado, para lo cual deberá comprometerse formalmente, y ante éste despacho judicial, desde el momento en que sea impuesto a; Primero: Prohibición de salida del Estado Falcón sin la Autorización expresa de éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión de Punto Fijo. Segundo: Fijar su residencia en la callejón Obispo, Casa Nº 16 Nuevo Pueblo Sur Parroquia Norte del Municipio Carirubana de Punto Fijo Estado Falcón, en la cual resid.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : IL11-P-2000-000005 N° Sentencia : S-N.- Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO ILDELFONSO DE LA HOZ
Resumen:
En tanto, habida cuenta que de la sumatoria de la pena física cumplida mas la pena efectivamente redimida se reitera que éste, tiene un total de pena cumplida de 6 años 11 meses y 14 días hasta hoy, resulta que éstos, descontados de la pena de 11 años 6 meses y 5 días de presidio que le fuere impuesta, tenemos que al penado de marras le faltaría por cumplir una pena de 4 años 6 meses y 21 días de pena de presidio, los cuales se cumplen específicamente en fecha 22 de Mayo del año 2010, y así se decide. A su vez, optaría por las diferentes formulas de prelibertad de la siguiente manera; - Por el beneficio de Destacamento de Trabajo, una vez cumplidos una cuarta parte de la pena impuesta de conformidad con lo preceptuado en el articulo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario (ya cumplidos), por lo que opta desde ya por tal beneficio, y así se decide. - Por el beneficio de Destino a Régimen Abierto previsto en el articulo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario del Copp, una vez cumplida .....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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