este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA EN CONTRA DE los penados LUÍS ALBERTO LUGO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V- 29.792.618 a cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS de prisión mas las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del código penal vigente, y a YONARVIS JESÚS CHIRINOS REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-17.177.290, a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en el artículo 16 del código penal, ambos por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal, en relación con el primer supuesto previsto en el artículo 84 del código penal. Se practicó el cómputo de pena correspondiente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471 y 474 del código orgánico.....