´Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo.
SEGUNDO: Se ADMITE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano ROBERTO JOSÉ SEMECO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.481.652, asistido por abogado ALEXANDER MEDINA, inscrito en el IPSA bajo el N° 188.522, contra la UNIDAD DE GESTIÓN ACADÉMICA E INVESTIGACIÓN DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO ALFREDO VAN GRIEKEN. Se ordena notificar al ciudadano Coordinador de la Unidad de Gestión Académica e Investigación del Hospital Universitario Alfredo Van Grieken, Dr. Jesús Romero Guarecuco, para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, inf.....