Por las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Facón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, niega la sustitución de la medida judicial preventiva de privación de libertad solicitada por el acusado William José Zavala Vega y se fija el día 14-01-2004 a las nueve de la mañana para la realización del Juicio Oral y Público. Notifíquese las partes, Cúmplase.
El Juez
La Secretario
Abog. Norkis Aguilar Abg.Glaiza Reyes