"Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil, artículo 4 de la Ley de Abogados, y las sentencias N° 1325, de fecha 13/08/2008, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y Nº 409, de fecha 09/12/2022, emanada de la Sala de Casación Civil, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana: (YELITZA MARÍA BARICELLA OLLARVES, actuando en representación del ciudadano: RICHARD JOSE GARCÍA BARICELLA, por no tener capacidad de postulación. Déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal. CUMPLASE.
La Jueza Provisoria, .....