Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley  DECLARA: DESESTIMACION DE LA DENUNCIA, seguida en contra del ciudadano: MANUEL ALEJANDRO GARCIA, conforme a lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente asunto, signado con números y letras IP01-P-2006-000005, solicitada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público.  Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad legal. Así se decide. Cúmplase.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA  CUARTA  DE CONTROL
                                                                                      ABG. CECILIA PEROZO CUMARE
                                                                   LA SECRETARIA