Basadas en las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se ADMITE totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía 21° del Ministerio Público en contra de la ciudadana: KARELY MARIA ARGUETA, Venezolana, mayor de edad, nació el 05/04/1980, 33 años de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio Comerciante, residenciada en el Barrio Cruz Verde, calle progreso, con prolongación Sucre, casa color Amarilla, al Frente del Auto lavado Papache. Coro estado Falcón, titular de la cédula de identidad V-14.168.933, por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 38 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Te.....