En consecuencia este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de el ciudadano GODOY MEJIA WILLIAM JOSE, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4731214, casado, de profesión u oficio: Criador de ganado , residenciado en la Urbanización la Concordia, calle 02, casa N° 06, detrás del Hospital, de conformidad con el artículo 44 Ordinal 1 y 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía a fin de que prosiga con las investigaciones. Cúmplase. ¿
La Juez Tercera de Control
Abg. Zenlly Urdaneta Govea
La Secretaria
Abg. Lidda Benítez