Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano EUDO RAMON COLINA BRACHO (PITO) , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 9.510.309, de profesión obrero, y domiciliado en la Calle Pérez Bonalde, casa n° 07, sector Zumurucuare de esta ciudad de Coro Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Actos Lascivos Violentos previsto y sancionado en el articulo 377 del Código Penal, el cual una vez aprehendidos deberá ser puesto a la orden de este Tribunal en un lapso no mayor de 48 horas, a los fines de que comparezca a la audiencia y ser oído, tal como lo establece el artículo 44 de la Constitución Nacional. Líbrese la respectiva orden a todos los órganos de Investigación Policial del Estado.
La Juez Quinta de Control
Abog. Yelitza.....