En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, REVOCA, la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta al ciudadano JESUS EDUARDO CAMEJO CAMACARO, Venezolano, titular de la cédula de identidad 22.602.009, natural de Barquisimeto estado Lara, soltero, de 20 años de edad, vigilante y residenciado en la calle Maparari, entre calles Flores y Cristal, casa sin número, por el tribunal Cuarto de Control en la audiencia de presentación de fecha 15 de junio de 2005 y ratificada en la audiencia preliminar en fecha 17 de noviembre de 2005, ello conforme al artículo 262, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, al no permanecer en el sitio fijado para el cumplimiento de la medida de arresto domiciliario.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión, anéxese a la causa penal, líbrese oficio a la Delegación del Cuerp.....