ESTE JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara: IMPROCEDENTE, la apelación interpuesta en fecha 07/11/2008, por el Abogado Omar Fernando Mundo Higuera titular de la cédula de identidad número 3.715.190, e inscrito en el inpreAbogado bajo el número 23.322, actuando como supuesto endosatario en procuración, en contra del fallo definitivo proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 04/11/2008, en el cual se declara inadmisible la demanda por Cobro de Bolívares, interpuesta por el ciudadano Omar Mundo Higuera en contra de la ciudadana Esmaslin Katiana Morales titular de la cédula de identidad número 15.704.606. Sentencia que se Revoca. En consecuencia, de conformidad con el articulo 209 del Código de.....