DECISION
En merito de los fundamentos de hecho y de antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento del procedimiento de la Demanda efectuado por el abogado JOSE HUMBERTO GUANIPA VAN GRIEKEN, en su condición de apoderado Judicial de la demandante Compañía Mercantil C.A., Banco Universal, por EJECUCION DE HIPOTECA, en contra de la Sociedad Mercantil PEAN C.A, todos antes identificado, en consecuencia se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente procedimiento, ordenando el archivo del expediente.
SEGUNDO: se suspende la medida de enajenar y gravar sobre el inmueble propiedad de la empresa demandada decretada en fecha 24 de noviembre de 2010. Librese oficio participando lo conducente al Registro Public.....