DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos: GREGORIO RAFAEL MARVAL JIMENEZ y CARMEN COROMOTO BORGES REYES venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, el primero de los nombrados de profesión obrero y la segunda de profesión de oficios del hogar, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 10.707.995 y V- 10.704.028, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Urbanización la Cañada, 3era Calle S/N, puerto Cumarebo, Municipio Zamora del Estado Falcòn y la segunda domiciliada en la Urbanización Las Delicias II.....