Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN efectuada en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoado por EL CONJUNTO RESIDENCIAL FLAMINGO BAY I contra la ciudadana MARÍA MAGDALENA GONCALVES PINHEIRO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.