Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, solicitado por los ciudadanos: ELEODORO PRIETO RIVAS e IDANIA DEL CARMEN PIÑA CLARA, titulares de las cédulas de identidad Nº 2.823.493 y 7.489.692, asistidos por el abogado Víctor Leañez Fuguet, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 2642, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión, quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad de bienes entre los cónyuges. Déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-