Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley condena al ciudadano . JOSE GREGORIO CAMPOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.767.511, domiciliado en la calle Falcón N° 03 de Nuevo ¨Pueblo de Punto Fijo, profesión u oficio chofer a cumplir la pena de 6 años 6 meses de presidio, por el delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal vigente en concordancia con el artículo 77 Numeral 9 Ejusdem, en perjuicio del niño DANIEL JOSUÉ PETIT MEDINA. y el orden público, cometidos en las circunstancias de modo, tiempo y lugar especificados en este fallo definitivo. Quedando el condenado bajo las misma condiciones en que se encontraba. Regístrese, dejése copia y publíquese la presente sentencia. Notifiquese al Ministerio Público, a la defensa y al condenado. Remitase las actuaciones a la Unidad de Recepción y Distri.....