Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA DESESTIMACION, de la denuncia interpuesta por el ciudadano Moisés García por la presunta comisión del delito de Lesiones en contra del ciudadano José Mangle conforme a los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia libérense las respectivas boletas de notificaciones a las partes, remítase las presentes actuaciones al Ministerio Público para su correspondiente archivo. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
Abg. HILARIO R TOYO ALVAREZ
La Secretaria
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