Con fundamento en todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada ROXANNA MORILLO BORGES, venezolana, mayor de edad e identificada con la cédula de identidad No. V-15.593.153, en su condición de Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, para conocer de la demanda incoada por la ciudadana GLENYS LOAIZA, identificada con la cédula de identidad No. V-9.586.915, contra la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PARAGUANÁ (CACOINPAR).
SEGUNDO: Se ORDENA REMITIR EL PRESENTE EXPEDIENTE a la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo con sede en la ciudad de Punto Fijo, a los fines de que efectúe la re.....