PRIMERO: CON LUGAR la Falta de Cualidad activa en el actor para intentar y sostener el juicio, alegada como Punto Previo, y defensa perentoria de fondo, por el Apoderado Judicial de la parte demandada Abogado NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, en fecha 23 de Marzo de 2010, en la contestación de la demanda.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JEAN CARLOS SUBERO VILLAVICENCIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 14.303.684, contra la ASOCIACION CIVIL TRANSPORTE DE CONDUCTORES LOS MEDANOS, ambas partes identificadas en autos, cuyos fundamentos y razones se expondrán en la parte motiva de la sentencia.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, por devengar más de 3 salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.