DECISIÓN
En merito de los razonamientos de hechos y de derecho, relacionados y motivados precedentemente, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE la demanda de REIVINDICACION DE INMUEBLE que instauró la ciudadana la ciudadana YARITZA COROMOTO DIAZ, en contra de los ciudadanos UBALDA DUNO, LOPEZ JOSE MADRIZ DUNO, todos supra identificados.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 02 días del mes de Junio de 2015. Años 204° y 156°.
El Juez Provisorio,
Abog. ES.....