En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: con lugar la acción de divorcio fundamentada en el artículo 185 numeral 05 del Código Civil , intentada por la ciudadana MILEINI KARELIAN ARIAS ALMERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.438.320, asistida por la Abogada LORENA CAMACHO BENITES venezolana, mayor de edad, IPSA Nº 124.847, en contra del ciudadano JHOAN MANUEL MARTINEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.647.597, plenamente identificados en autos. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los prenombrados ciudadanos que fue contraído por ante la parroquia Punta Cardon, Mun.....