En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, otorga el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado DERVIS JOSE BORGES, de la cedula de identidad Nº V-19.253.517, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO AÑOS (05) DE PRISIÒN, más las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 de nuestra norma sustantiva penal, en virtud de acogerse el imputado al procedimiento especial de admisión de los hechos, por la comisión del delito de EXTORSIÓN POR RELACIÓN ESPECIAL, previsto y sancionado en el articulo 17 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio de José Gregorio Bravo. Actualmente recluido en la Comunidad penitenciaria de Coro estado Falcón, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 482, 483 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Fija .....