este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana ANNELY QUERO ZAVALA, nacida en fecha 5/7/1985, de 24 años de edad, cédula de identidad N°: 21.668.933, domiciliada en La Vela de Coro, calle Sucre, sector El Carmelo, casa sin número, donde funciona un taller de latonería y pintura, teléfono 02684607451 y celular 04266231076, de oficios del hogar, hija Orlando Quero (difunto) y Nellys Zavala, por la comisión de los delitos de Lesiones Personales Intencionales Leves y Amenazas, previstos en los artículos 416 y 175 del Código Penal, ello en virtud del cumplimiento de las obligaciones de la medida de Suspensión Condicional del Proceso, acordada en fecha 26-6-2007, todo conforme a los artículos 42, 43, 45, 48 ordinal 7º y 318 ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.