MOTIVA
El Tribunal para decidir observa que la causa registró como ultima actuación la que consta en autos en fecha 02 de Junio de 2005, fecha en la cual se reciben las correspondientes boletas de intimación firmadas como recibidas por dos de los demandados en autos, habiendo transcurrido desde la ultima actuación efectuada por las partes; vale decir, el 19 de Mayo de 2005, fecha en la cual consta en autos diligencia del demandante, solicitando copias certificadas de folios que rielan en el expediente de la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION que se sigue por ante este Tribunal; hasta el día de hoy, seis (06) años, dos (02) meses y veintisiete (27) días, lo que efectivamente es mas de un (01) año, sin haberse ejecutado ningún acto del procedimiento por las partes, operando la perención de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos y en acatamiento las norm.....