una vez realizada la redención que el penado OSMEL JOSÉ LOYO MENDEZ, que para el 28 de Julio de 2016, tenia un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES y DOCE (12) DIAS, por lo que es ajustado a derecho la solicitud del Defensor privado JESUS LA ROSA ROMERO, en el sentido que ya opta por la segunda formula alternativa de cumplimiento de pena, la cual es (Régimen abierto), el cual es aplicable al cumplir Tres (03) años y Cuatro (04) mese, de pena cumplida, que es una 1/3 de la pena; es por lo que éste Juzgado ordena oficiar al Centro de Residencia Supervisada Ali Primera, a los fines que remitan INFORME DE PROGRESIVIDAD del Ciudadano penado OSMEL JOSÉ LOYO MENDEZ, titula de la cedula de identidad N° 18.294.899 y a La Unidad Técnica del Sistema Penitenciario para que le practiquen al penado de autos Evaluación Psicosocial, ya que opta por el segundo beneficio de Régimen abierto.