este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a el ciudadano: OSCAR JOSE GUARDIA GIL, venezolano, mayor de edad, de 39 años de edad, soltero, portador de la cédula de identidad Nº V-12.182.478, fecha de nacimiento 12/09/1975, de profesión u oficio mecánico, residenciado en el sector Sabana Larga calle 1 casa s/n detrás del hotel Sabana Larga y hotel Arizona Coro estado Falcón, teléfono 0412 077 09 13, quien fue procesado por la comisión del delito de CAMBIO ILICITO DE PLACA previsto y sancionado en el articulo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO