En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: sin lugar la apelación interpuesta por la abogado Ana Angelina Hernández, matricula Nº 42.275, cédula de identidad Nº 10.610.291, en su carácter de apoderada del ciudadano JESUS HERNANDEZ SANCHEZ y de ELECTROMECANICA IMPORT C.A, contra la sentencia definitiva, dictada el 15 de julio de 2002, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede Punto Fijo , mediante la cual se declaró con lugar la demanda intimatoria, intentada por el abogado José Sinopolis, como apoderado de MECANICAS VENEZOLANAS (MECAVENCA) contra los recurrentes en su carácter de deudor y de fiadora
SEGUNDO: En consecuencia, se confirma el fallo apelado conforme a los fundamentos que quedan establecidos y se condena al ciudadano JESUS HERNANDEZ SANCHEZ y de ELECT.....