III
DISPOSITIVA
En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio tanto para el Régimen Nuevo como para el Régimen Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, LA FALTA DE LEGITIMACION, del demandante GABRIEL ANGEL LUCENA, formulada por el apoderado judicial de la parte demandada Abogado JOSE HUMBERTO GUANIPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.658, en el escrito de contestación de la demanda. SEGUNDO: SIN LUGAR la prohibición de la Ley de admitir la presente acción de estabilidad relativa, formulada por el apoderado judicial de la parte demandada Abogado JOSE HUMBERTO GUANIPA, antes identificado. TERCERO: SIN LUGAR LA DEMANDA, por Calificación de Despido incoada por el ciudadano GABRIEL ANGEL LUCENA AGUILAR,.....